martes, 5 de marzo de 2024
LA JUSTICIA LABORAL
En la Justicia Laboral de la Provincia de Buenos Aires no se verifica el tan recitado mito de la “industria del juicio”. Algunas fuentes provenientes del neoliberalismo económico, afirman que este fenómeno nació cuando a un tal Juan Domingo se le dio por abrir la cajita de pandora de los derechos laborales, desatando según dicen, un sinfín de calamidades para la economía argentina, que hasta nuestros días persisten
Repaso para el lector que nunca haya oído hablar del mito en alguna tertulia, discurso político o en medios de comunicación: en resumidas cuentas sostiene que los trabajadores, por tener garantizado el acceso gratuito al servicio de justicia para la defensa de sus derechos laborales, recurren de manera sistemática al patrocinio de plumíferos letrados prestos para confeccionar demandas cuantiosas contra la patronal, invocando causas falsas o cuanto menos exageradas, para enriquecerse injustamente. Provocando con ello la quiebra de pymes, estimulando un mercado laboral con altas tasas de marginalidad y bajos niveles de competitividad, y dotando de falta de seguridad jurídica al sistema económico, para espanto de inversores extranjeros.
Paradójicamente, en la provincia donde yace uno de los polos industriales más prósperos de Latinoamérica, la industria del juicio laboral no da pie con bola. De parecerse a una, deber ser de la menos rentables que se hayan visto. De hecho, se ha vuelto tan obscena su falacia, que más que industria del juicio, algunos ya la han rebautizado como “industria del despido”. Es que ya hace un buen tiempo, al menos un lustro, que se ha convertido en negocio para un empleador no tener registrado correctamente a su empleado, despedirlo con una causal floja de papeles, y hasta no pagar indemnización, sin temor alguno a un litigio laboral.
Total, cuando llegue la hora la justicia: 1°) que le notifiquen la demanda (si lo encuentran). 2°) que se produzcan las pruebas y se sortee un perito, tal vez en una de esas interviene uno de los que están abarrotados de causas. 3°) a esperar paciente la audiencia de vista de la causa, un añito nomás. 4°) aunque la espera se hizo larga, llega la hora del juicio final, a preparar a los testigos. Lamentablemente el Tribunal no se encuentra conformado para celebrar la audiencia; a aguantarse un añito más o a conciliar el juicio lo mejor que se pueda, por lo general, resignando gran parte de lo reclamado. 5°) de no creer, se toma la audiencia, pase a resolver, unos meses más y no jodemos más. 6°) se notifica la sentencia, se hizo lugar a la demanda, pero ojo, la tasa de interés compensatorio, pasiva digital según doctrina de Supremo Tribunal, amén.
Si los créditos en disputa eran de carácter alimentario, ya no llenan ni una muela. Para peor, la prohibición de indexar las deudas de dinero (entre ellas las salariales); así que el que cobraba $8.000 pesos en 2016, ganará $8.000 pesos en 2023 (Duhalde dixit). Ello sumado a los cuatro, cinco o quién sabe cuántos años de demora en sede judicial, para que a los créditos laborales los pulverice nuestra querida inflación. Y ni hablar que a veces, si la demandada es de las fantasmas, no hay nada de donde cobrarse. Mande a encargar el marquito para la sentencia y a colgarla en el comedor de la casa. Y si por suerte, es solvente, seguro que se asesoró adecuada y oportunamente, y una buena inversión amortizó la deuda. La industria funciona, para el patrón.
Lamentablemente, el escenario descripto con algunas notas de sarcasmo (las disculpas del caso al lector), es el que se vive a diario en los Tribunales de Trabajo de San Isidro y que contradice totalmente al sofisma de la industria del juicio. A pesar de que empleados, funcionarios y magistrados, ponen el cuerpo soportando todo tipo de reproches y reclamos de la comunidad, la realidad es que por más esfuerzo cotidiano que se haga dentro de cada dependencia a costa de la salud de los trabajadores judiciales, no alcanza para revertir la situación. Estamos ante una crisis estructural del sistema de justicia, que ningún Tribunal por sí solo puede solucionar. A la Corte Suprema provincial le cabe la responsabilidad de revisar su doctrina legal en materia de tasa de intereses compensatorios para que los créditos laborales no se diluyan con el paso del tiempo en contextos altamente inflacionarios. Al Poder Legislativo, cuanto menos sancionar una ley que establezca una tasa de intereses legal para que la actualización de los créditos laborales reconocidos en sede judicial se vuelva razonable. Y al Concejo de la Magistratura y Ejecutivo provincial, arbitrar los medios necesarios para designar con urgencia a todos los jueces del trabajo necesarios para cubrir las vacantes existentes en toda la provincia. De lo contrario no podrá decirse que, será justicia.
*El contenido del artículo pertenece exclusivamente al autor.
Deja una respuesta